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Participar de la formación de un sacerdote con la deducción de ganancias

Podemos preguntarnos nosotros hoy, en nuestra oración, en qué tenemos puesto el corazón. Sabiendo que nuestro destino definitivo es el Cielo, tenemos que hacer positivos y concretos actos de desprendimiento de lo que poseemos y usamos, y ver el modo de que otras personas más necesitadas compartan lo nuestro, y ayudar con bienes y tiempo en tareas apostólicas. (Meditación “Ser ricos en Dios” de Padre Francisco Fernández-Carbajal)

La Asociación para el Fomento de la Cultura (AFC) administra el Fondo de Ayuda para la Formación de Sacerdotes (FONSAC), cuyo objetivo es el de otorgar becas para financiar los estudios de sacerdotes y seminaristas de Argentina tanto en el país como en el exterior.

De modo complementario, FONSAC trata de facilitar que los sacerdotes y seminaristas puedan dedicarse completamente a ejercer su ministerio, ayudándolos a resolver algunas necesidades asistenciales y sociales que deben ser cubiertas.

Para poder cumplir con sus objetivos FONSAC requiere de la ayuda económica de personas y empresas. Por ello ha propuesto hacer un aporte periódico, anual o por única vez, que puede ser deducido del impuesto a las ganancias.

La Ley de Impuesto a las Ganancias establece que las personas físicas y jurídicas pueden donar hasta el 5% de la ganancia anual sujeta al impuesto. La deducción se concreta una vez realizada la donación a la Asociación para el Fomento de la Cultura que es la que administra FONSAC. La Asociación cuenta con la exención de ganancias para los donantes. La donación debe ser por medio de una transferencia, cheque, depósito bancario o por medio de un débito de una tarjeta de crédito. La exención se genera al imputar ese movimiento al CUIT de la Asociación para el Fomento de la Cultura, CUIT 30-51798150-4. Luego de la donación se emite un recibo que se hace llegar al donante.

Impuesto a las Ganancias

  1. Empleados en relación de dependencia

Se debe ir  a la página http://www.afip.gob.ar, ingresar con clave fiscal.

Se selecciona la opción SIRADIG. Se abre la ventana con las distintas opciones y se selecciona donaciones.

Se completan los datos solicitados, el CUIT de la Asociación para el Fomento de la Cultura, 30-51798150-4. Luego se completa con los datos que solicita la página.

En forma mensual el empleador controlará el SIRADIG de los empleados y aplicará la desgravación hasta el 31 de marzo del año siguiente a la donación, y habilitará la devolución del monto desgravado que corresponda.

Las registraciones de las donaciones deben ser hechas hasta el 31 de enero del año siguiente al que se hicieron las misma.

  1. Personas Físicas Autónomas

Deben informar al contador de las donaciones realizadas para que las denuncie en la declaración del impuesto a las ganancias.

  1. Personas Jurídicas

Las informan en oportunidad de efectuar su balance anual.

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